Desde el pasado 14 de abril de este año, ha entrado en vigor la prohibición de instalar nuevos calentadores de agua a gas de cámara abierta. Esta prohibición entra en vigor tras la moratoria de 5 años que marcó la disposición transitoria al RITE ( Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios) publicada en abril de 2013. Si bien ya se venía aplicando en todos los edificios de nueva construcción, a partir de ahora, cuando nuestra vieja caldera de cámara abierta se estropee, tendremos la obligación de instalar uno de estos nuevos calentadores estancos.
Según el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), en obra nueva es obligatorio instalar calentadores estancos.
El motivo por el que se implanta esta nueva normativa es sencillo, los calentadores de agua estancos, son mucho más seguros que los de cámara abierta. Toman y expulsan el aire directamente del exterior mediante un ventilador y un estractor y evitan la fuga de gases nocivos. Esto es posible gracias a que la combustión se realiza en un compartimento estanco en el interior del calentador.
Estos nuevos calentadores ofrecen una gran variedad de ventajas respecto a los tradicionales, algunas son:
- Tamaño entre un 15% y un 40% más reducido que los calentadores tradicionales.
- Control de la combustión más preciso preciso que garantiza una combustión adecuada y reduce la emisión de gases como el CO2 y NOx a la atmosfera.
- Se puede seleccionar una temperatura de combustión consiguiendo una mejor estabilidad en dicha temperatura.
- Reduce el consumo de gas y por la tanto su factura, consumiendo solo el gas que se necesita.
- Hasta un 35% de ahorro de agua frente a modelos tradicionales.
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Aquí os dejamos un video de las noticias de La 1 de Televisión Española en la que explican la nueva normativa: